Qué grava la renta de quinta categoría
Son rentas de quinta categoría los ingresos obtenidos por el trabajo prestado en relación de dependencia: sueldos, salarios, asignaciones, gratificaciones, bonificaciones, aguinaldos, comisiones, compensaciones en especie y, en general, toda retribución por servicios personales bajo subordinación. El empleador actúa como agente de retención y descuenta el impuesto mes a mes.
No todo lo que aparece en la boleta está afecto. Quedan fuera la CTS, las indemnizaciones por despido arbitrario y por vacaciones no gozadas, los gastos de viaje debidamente sustentados y las condiciones de trabajo. Incluir alguno de estos conceptos en la base es un error frecuente que infla la retención.
El procedimiento en cuatro pasos
1. Proyectar la renta anual
Se toma la remuneración del mes y se multiplica por los meses que faltan hasta diciembre, incluido el mes que se calcula. A eso se suman las remuneraciones y gratificaciones ya percibidas en los meses anteriores del ejercicio y las gratificaciones que corresponderán en julio y diciembre. El resultado es la renta bruta proyectada.
En el régimen laboral general, esa proyección equivale a catorce remuneraciones: doce mensuales más dos gratificaciones. En el régimen de la pequeña empresa, donde la gratificación es de media remuneración, la proyección baja a trece.
2. Restar las 7 UIT
La ley concede una deducción fija de siete Unidades Impositivas Tributarias sin necesidad de sustentar gasto alguno. Con la UIT de 2026 en S/ 5,500, esa deducción asciende a S/ 38,500 al año. Si la proyección no supera ese monto, no hay impuesto ni retención.
Ese umbral tiene una lectura práctica: un trabajador que percibe catorce remuneraciones iguales recién empieza a tributar cuando su sueldo mensual supera aproximadamente S/ 2,750. El aumento de la UIT de S/ 5,350 a S/ 5,500 elevó ese piso y sacó del ámbito de la retención a un grupo de trabajadores que sí tributaban el año anterior.
3. Aplicar los tramos progresivos
Sobre la renta neta se aplica una escala progresiva acumulativa. Cada tramo grava solo la porción de renta que cae dentro de él, no el total:
| Tramo | Equivalente 2026 | Tasa |
|---|---|---|
| Hasta 5 UIT | S/ 27,500 | 8% |
| Más de 5 hasta 20 UIT | S/ 110,000 | 14% |
| Más de 20 hasta 35 UIT | S/ 192,500 | 17% |
| Más de 35 hasta 45 UIT | S/ 247,500 | 20% |
| Más de 45 UIT | — | 30% |
Un error común es creer que superar un tramo hace que todo el ingreso pase a la tasa mayor. No funciona así: quien tiene una renta neta de S/ 30,000 paga 8% sobre los primeros S/ 27,500 y 14% únicamente sobre los S/ 2,500 que exceden.
4. Dividir según el mes
El impuesto anual proyectado no se retiene de una vez. El artículo 40 del Reglamento establece divisores distintos según el mes, de modo que la carga se distribuya a lo largo del año y se corrija cuando hay variaciones:
| Meses | Divisor |
|---|---|
| Enero, febrero y marzo | 12 |
| Abril | 9 |
| Mayo, junio y julio | 8 |
| Agosto | 5 |
| Setiembre, octubre y noviembre | 4 |
| Diciembre | Saldo pendiente |
En abril, agosto y diciembre se recalcula la proyección y se descuentan las retenciones ya efectuadas. Por eso en esos meses la retención suele moverse: no es un error del sistema de planillas, es el mecanismo funcionando.
Ingresos variables y regularizaciones
Las utilidades, los bonos extraordinarios, las participaciones y los reintegros no se proyectan hacia adelante. Se suman a la renta bruta del mes en que se pagan y sobre ese monto adicional se aplica la tasa que corresponda, sumándose la retención resultante a la del mes. Es el punto donde más se descuadran las planillas: proyectar un bono como si fuera a repetirse cada mes distorsiona toda la retención del ejercicio.
Deducción adicional de 3 UIT
Además de las 7 UIT, la ley permite deducir hasta 3 UIT adicionales por determinados gastos —arrendamientos, servicios profesionales de médicos y odontólogos, aportaciones a EsSalud de trabajadores del hogar, servicios de guías de turismo, entre otros—, siempre que estén sustentados con comprobantes electrónicos y bancarizados cuando corresponda. Esta deducción no se aplica en la retención mensual: opera en la declaración jurada anual y suele generar un saldo a favor del trabajador.
Sobre este cálculo
La herramienta asume una remuneración constante durante todo el ejercicio, que es el supuesto más común. Si el trabajador ingresó a mitad de año, tuvo un aumento o percibe ingresos variables, usa el campo de otros ingresos para reflejar lo ya percibido y el de retenciones anteriores para que el ajuste sea correcto. El resultado es referencial y debe contrastarse con la determinación del PLAME.
Preguntas frecuentes
¿Desde qué sueldo se paga renta de quinta categoría en 2026?
Con la UIT en S/ 5,500, la deducción de 7 UIT equivale a S/ 38,500 anuales. Un trabajador del régimen general que percibe catorce remuneraciones iguales empieza a tributar cuando su sueldo mensual supera aproximadamente S/ 2,750.
¿Cuánto es la deducción de 7 UIT en 2026?
S/ 38,500. Se obtiene multiplicando 7 por la UIT de S/ 5,500 fijada por el Decreto Supremo N° 301-2025-EF para el ejercicio 2026.
¿Las gratificaciones pagan renta de quinta categoría?
Sí, las gratificaciones de julio y diciembre están afectas al Impuesto a la Renta de quinta categoría y se incluyen en la proyección anual. Lo que no está afecto es la bonificación extraordinaria del 9% que sustituye al aporte a EsSalud.
¿La CTS paga impuesto a la renta?
No. La Compensación por Tiempo de Servicios es un beneficio social inafecto al Impuesto a la Renta de quinta categoría, igual que las indemnizaciones por despido arbitrario y por vacaciones no gozadas.
¿Por qué mi retención cambió en abril o en agosto?
Porque en esos meses el Reglamento cambia el divisor y ordena recalcular la proyección descontando lo ya retenido. En abril el divisor pasa de 12 a 9 y en agosto baja a 5, lo que redistribuye el impuesto pendiente entre los meses que quedan.
¿Cómo se aplica la deducción adicional de 3 UIT?
No en la retención mensual, sino en la declaración jurada anual de personas naturales. Los gastos deben estar sustentados con comprobantes electrónicos y, cuando corresponda, bancarizados. Su efecto habitual es generar un saldo a favor que se devuelve.
Base legal y fuentes
- TUO de la Ley del Impuesto a la Renta — Decreto Supremo N° 179-2004-EF, artículos 34, 46 y 53
- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta — Decreto Supremo N° 122-94-EF, artículo 40
- D.S. N° 301-2025-EF — valor de la UIT para el ejercicio 2026
- D.S. N° 006-2024-TR — Remuneración Mínima Vital, base de la asignación familiar
¿Tu PLAME arroja retenciones que no cuadran?
La retención de quinta se descuadra con los reingresos, las gratificaciones truncas y los ingresos variables. En Cierrecont revisamos tu planilla y regularizamos las diferencias antes del cierre del ejercicio.
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