Cómo se organiza el cronograma
SUNAT distribuye los vencimientos a lo largo de una semana según el último dígito del RUC, para no concentrar toda la presentación en un solo día. Cada año publica una resolución de superintendencia con las doce fechas del ejercicio. El cronograma vigente se aprobó con carácter plurianual mediante la Resolución de Superintendencia N° 281-2022/SUNAT.
El principio básico es que SUNAT trabaja con periodos vencidos: en febrero declaras las operaciones de enero, en marzo las de febrero, y así sucesivamente. Las obligaciones de diciembre vencen en enero del año siguiente. Por eso el primer vencimiento del ejercicio 2026 fue el 16 de febrero, correspondiente al periodo enero.
Qué obligaciones sigue este cronograma
La misma fecha rige para un conjunto amplio de declaraciones y pagos:
- Formulario Virtual 621 — IGV y pago a cuenta de renta de tercera categoría.
- Formulario Virtual 616 — pagos a cuenta de trabajadores independientes de cuarta categoría.
- PLAME — planilla electrónica, con las retenciones de quinta, los aportes a EsSalud y las retenciones de ONP.
- Formularios 626 y 633 — agentes de retención y de percepción del IGV.
- Formulario 1611 — cuota del Nuevo RUS, que sigue el mismo cronograma mensual aunque el formulario sea distinto.
- ITAN — Impuesto Temporal a los Activos Netos, a partir del periodo marzo.
Cronograma completo 2026
Las fechas se agrupan de a dos dígitos a partir del 2. Los buenos contribuyentes y las unidades ejecutoras del sector público cuentan con una columna propia, con plazos que van de uno a cuatro días adicionales.
| Periodo | 0 | 1 | 2 y 3 | 4 y 5 | 6 y 7 | 8 y 9 | BC / UESP |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Enero | 16 feb | 17 feb | 18 feb | 19 feb | 20 feb | 23 feb | 24 feb |
| Febrero | 16 mar | 17 mar | 18 mar | 19 mar | 20 mar | 23 mar | 24 mar |
| Marzo | 17 abr | 20 abr | 21 abr | 22 abr | 23 abr | 24 abr | 27 abr |
| Abril | 18 may | 19 may | 20 may | 21 may | 22 may | 25 may | 26 may |
| Mayo | 15 jun | 16 jun | 17 jun | 18 jun | 19 jun | 22 jun | 23 jun |
| Junio | 15 jul | 16 jul | 17 jul | 20 jul | 21 jul | 22 jul | 24 jul |
| Julio | 18 ago | 19 ago | 20 ago | 21 ago | 24 ago | 25 ago | 26 ago |
| Agosto | 15 set | 16 set | 17 set | 18 set | 19 set | 22 set | 23 set |
| Setiembre | 16 oct | 19 oct | 20 oct | 21 oct | 22 oct | 23 oct | 26 oct |
| Octubre | 16 nov | 17 nov | 18 nov | 19 nov | 20 nov | 23 nov | 24 nov |
| Noviembre | 17 dic | 18 dic | 21 dic | 22 dic | 23 dic | 24 dic | 28 dic |
| Diciembre | 18 ene 27 | 19 ene 27 | 20 ene 27 | 21 ene 27 | 22 ene 27 | 25 ene 27 | 26 ene 27 |
Qué pasa si presentas fuera de plazo
Se configura la infracción del artículo 176 numeral 1 del Código Tributario: no presentar la declaración dentro del plazo establecido. En el Régimen General y en el Régimen MYPE Tributario la multa es de 1 UIT, es decir S/ 5,500 en 2026. En el Régimen Especial y para personas naturales, 50% de la UIT.
Esa multa se aplica aunque la declaración salga en cero. La obligación de declarar no depende de que haya tributo por pagar. La única excepción práctica es haber comunicado previamente a SUNAT la suspensión temporal de actividades.
La buena noticia es que el régimen de gradualidad reduce la sanción de forma drástica cuando subsanas por iniciativa propia: hasta 90% si presentas la declaración omitida y pagas la multa antes de cualquier notificación. Sobre 1 UIT, eso significa pagar S/ 550 en lugar de S/ 5,500. Puedes estimar el monto exacto en la calculadora de multas SUNAT.
Si declaraste a tiempo pero no pagaste, no hay multa por omisión: lo que corre es el interés moratorio de 0.9% mensual, equivalente a 0.03% diario, desde el día siguiente al vencimiento.
Buenos contribuyentes
El régimen de buenos contribuyentes reconoce el cumplimiento puntual y sostenido de las obligaciones tributarias. SUNAT incorpora y excluye contribuyentes de oficio, mediante resolución notificada al Buzón SOL. Entre sus beneficios está el plazo extendido de este cronograma, además de facilidades en devoluciones y en el despacho aduanero.
Tres hábitos que evitan la multa
- Programa el cierre dos días antes de tu fecha. Los últimos días del cronograma concentran la carga y los sistemas se ponen lentos; una caída del portal no suspende el plazo.
- Revisa tu Buzón SOL cada semana. Las notificaciones son electrónicas y los plazos empiezan a correr con la notificación, no con el momento en que la lees.
- Declara aunque no tengas dinero para pagar. Presentar sin pagar genera solo intereses; no presentar genera multa más intereses. La diferencia es de miles de soles.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo vence mi declaración si mi RUC termina en 5?
Te corresponde la columna de los dígitos 4 y 5. Por ejemplo, el periodo octubre 2026 vence el 19 de noviembre de 2026. Selecciona tu dígito en la herramienta para ver las doce fechas del año.
¿El cronograma es el mismo para el IGV, el PLAME y el Nuevo RUS?
Sí. La misma fecha rige para el Formulario 621 de IGV y renta, el Formulario 616 de cuarta categoría, la PLAME, los agentes de retención y percepción, y la cuota del Nuevo RUS del Formulario 1611.
¿Debo declarar si no tuve ingresos en el mes?
Sí. La declaración en cero es obligatoria y su omisión genera multa igual que si hubiera habido tributo por pagar. Solo queda exceptuado quien comunicó previamente la suspensión temporal de actividades.
¿Qué multa hay por declarar fuera de plazo?
En el Régimen General y MYPE Tributario, 1 UIT, es decir S/ 5,500 en 2026. En el Régimen Especial y para personas naturales, 50% de la UIT. Con subsanación voluntaria y pago, la rebaja del 90% deja el monto en S/ 550 y S/ 275 respectivamente.
¿Qué pasa si declaro a tiempo pero no puedo pagar?
No se genera multa por omisión de declaración. La deuda queda registrada y devenga el interés moratorio de 0.9% mensual desde el día siguiente al vencimiento. También puedes solicitar un fraccionamiento del artículo 36 del Código Tributario.
¿Quiénes son buenos contribuyentes y cuántos días extra tienen?
Son los contribuyentes incorporados de oficio por SUNAT en reconocimiento a su cumplimiento puntual. Su plazo se extiende entre uno y cuatro días respecto de la última columna del cronograma general.
Base legal y fuentes
- R.S. N° 281-2022/SUNAT — cronograma de vencimientos con carácter plurianual
- TUO del Código Tributario — artículo 176 numeral 1 y artículo 33
- R.S. N° 063-2007/SUNAT — régimen de gradualidad
- Portal SUNAT — cronogramas oficiales del ejercicio
¿Se te pasó un vencimiento?
Subsanar de forma voluntaria antes de que SUNAT notifique reduce la multa hasta en un 90%. En Cierrecont regularizamos declaraciones omitidas y calculamos la gradualidad que te corresponde.
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